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Documentos e Informes por la Igualdad

LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA Y LA IGUALDAD SOCIAL

Iniciativas políticas.
El Parlamento Europeo.



El trabajo a favor de políticas contra la discriminación a escala europea tiene ya varios años. El Parlamento Europeo inició su labor al respecto con la elaboración del Informe de la Comisión de Asuntos Sociales y Empleo sobre la discriminación en el lugar de trabajo(Informe Squarcialupi, 1984). Debatido en el Parlamento el 13 de marzo de 1984, recomendaba que la entonces Comunidad Europea debería aumentar sus esfuerzos para combatir la discriminación contra los homosexuales en el campo del empleo. La propia ponente, la eurodiputada ecologista Vera Squarcialupi, reconoció en aquel momento que había existido una significativa oposición a las conclusiones del Informe Squarcialupi en el seno de la Comisión que lo elaboró, oposición que atribuyó a la existencia de "prejuicios culturales y morales difíciles de superar". Pese a todo, la Resolución que acompañaba al Informe Squarcialupi fue aprobada por 114 votos contra 45, realizando un llamamiento a la Comisión para que elaborara propuestas que permitieran asegurar que no se produjera en los Estados miembros la discriminación contra los homosexuales en los aspectos relacionados con el acceso al empleo y el despido.

El entonces Comisario de Asuntos Sociales, Iver Richard, afirmó en el debate parlamentario que resultaba "inaceptable que los homosexuales sean despedidos o sufran victimización o acoso en el trabajo" pero que para actuar al respecto existen "significativos problemas prácticos, legales y políticos" debido a la ausencia de una provisión específica en el Tratado de las Comunidades Europeas que autorizara a legislar sobre tratamiento igualitario para los homosexuales. En todo caso, esa acción específica, según reconoció el propio Comisario, sólo podría justificarse recurriendo al Artículo 235 del Tratado, que ya fue empleado como base legal para redactar la Directiva sobre Igualdad de Tratode 1976, puesto que no existía ninguna razón por la que no pudiera utilizarse también para legislar contra la discriminación por orientación sexual. Aún así, el Comisario reconoció, "como una cuestión de política práctica", que ninguna medida de este tipo sería aceptable por el Consejo Europeo "al menos en el futuro inmediato".

Las consecuencias del Informe Squarcialupi son, según Mark BELL, difíciles de cuantificar puesto que en términos de resultados sustantivos puede considerarse fracasado. Sin embargo, pese a que no se tomó ninguna iniciativa legislativa al concreta, supuso el despertar de una potencial dimensión europea del problema de la discriminación de los homosexuales al tiempo que puso en evidencia que cualquier intervención europea en el asunto tendría una "vociferante oposición".

Pese a la oposición del Consejo Europeo y a la precaución de la Comisión Europea, el Parlamento mantuvo su presión para que se tomaran medidas efectivas sobre la discriminación por orientación sexual. Por ejemplo, en el Informe Evrigenis(1985) se remarcaba cómo los homosexuales se han convertido con frecuencia en el objetivo de las fuerzas del fascismo. En los debates sobre la Carta Social Europea que se celebraron en el Parlamento Europeo en 1989, éste intentó enmendar el texto de la Comisión añadiendo que se debía otorgar prioridad al derecho de todos los trabajadores a una protección igualitaria sin discriminación por razones de "nacionalidad, raza, religión, edad, sexo, orientación sexual o situación legal". La Comisión rechazó esta enmienda y la reemplazó por un texto mucho más ambiguo que evitaba aludir explícitamente a la orientación sexual pero que se refería a la necesidad de combatir "toda forma de discriminación" con lo que dejaba la puerta entreabierta para potenciales cambios.

En línea con esta actitud, el Informe de la Comisión de Libertades Públicas y de Asuntos Interiores sobre la igualdad jurídica de los homosexuales en la Comunidad Europea(Informe Roth, aprobado el 26 de enero de 1994) solicitaba reformas legislativas comunitarias y en concreto una Directiva contra la discriminación basada en la orientación sexual que incluyera "al menos" medidas para acabar con la discriminación en el derecho laboral y en el relativo a los servicios públicos. Además, demandaba el establecimiento de un "marco legal equivalente" para el matrimonio de las parejas del mismo sexo y la extensión a éstas del derecho de adopción. Entre otras, apuntaba también cuestiones como la existencia de edades distintas y discriminatorias para el consentimiento necesario para mantener relaciones homosexuales y heterosexuales, la persecución de la homosexualidad como un atentado contra el orden público o las buenas costumbres, la discriminación en el Derecho penal, civil, contractual y comercial, el almacenamiento electrónico de datos relativos a la orientación sexual de un individuo sin su conocimiento y consentimiento o la divulgación no autorizada o el uso indebido de dichos datos,

La votación de la Resolución sobre la igualdad de derechos de los homosexuales y las lesbianas en la Comunidad Europea(8 de febrero de 1994) que acompañaba al Informe resultó muy polémica y demostró, como ya había sucedido con las discusiones del Informe Squarcialupi en 1984, la gran división existente en el Parlamento sobre las cuestiones relacionadas con la orientación sexual. El apoyo a la Resolución fue mayoritario e intenso entre ecologistas y socialistas pero también se pudieron observar diferentes actitudes entre los parlamentarios dependiendo de las distintas tradiciones culturales y políticas. Así, los democristianos holandeses votaron a favor pese a la oposición formal de su propio grupo parlamentario consiguiéndose finalmente una mayoría de 159 votos contra 96.

El tema central en los debates de la Resolución fue la competencia comunitaria para actuar en esta cuestión. Pese a la opinión inicial de la propia ponente, la eurodiputada ecologista Claudia Roth, expresada en el Informe, de que existía una competencia europea para elaborar una Directiva sobre asuntos como la regulación de las parejas de hecho homosexuales o el derecho de adopción, una enmienda del grupo socialista permitió sustituir la demanda de una Directiva por la de una Recomendación no vinculante.

El interés del Parlamento Europeo por la cuestión del respeto a la diversidad afectiva y sexual quedó también patente en la Resolución sobre la protección de las familias y unidades familiares al final del Año Internacional de la Familia,aprobada el 14 de diciembre de 1994, donde considera que las familias y estructuras familiares han cambiado en Europa y que la convivencia es mucho más diversa en los últimos años por lo que son posibles diversas interpretaciones de la familia, siguiendo así las reiteradas declaraciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanosen sus interpretaciones del derecho a la vida familiar establecido en el Convenio europeo de los Derechos Humanos.

Incluso en los difíciles meses en los que se negociaba la reforma del Tratado, el Parlamento insistió en la necesidad de promover los derechos cívicos de gais y lesbianas en la legislación europea. Así, en la Resolución sobre el funcionamiento del Tratado de la Unión Europea en la perspectiva de la Conferencia Intergubernamental de 1996 - Realización y desarrollo de la Unión (17 de mayo de 1995) consideró que la adecuada protección jurídica contra la discriminación para todas las personas residentes en la Unión Europea debería incluir un claro rechazo en el Tratado que se negociaba de la discriminación por motivos de orientación sexual, postura que firmemente se volvió a defender en la Resolución sobre la Conferencia Intergubernamental(1997) frente a la inicial pretensión de la Presidencia holandesa del Consejo.


Un trabajo del Equipo Político de la Fundación Triángulo, 1998

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