LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA Y LA IGUALDAD
SOCIAL
Iniciativas políticas.
El Parlamento Europeo.

El trabajo a favor de políticas
contra la discriminación a escala europea tiene ya
varios años. El Parlamento Europeo inició
su labor al respecto con la elaboración del Informe
de la Comisión de Asuntos Sociales y Empleo sobre
la discriminación en el lugar de trabajo(Informe
Squarcialupi, 1984). Debatido en el Parlamento el
13 de marzo de 1984, recomendaba que la entonces Comunidad
Europea debería aumentar sus esfuerzos para combatir
la discriminación contra los homosexuales en el campo
del empleo. La propia ponente, la eurodiputada ecologista
Vera Squarcialupi, reconoció en aquel momento que
había existido una significativa oposición
a las conclusiones del Informe Squarcialupi
en el seno de la Comisión que lo elaboró,
oposición que atribuyó a la existencia de
"prejuicios culturales y morales difíciles de
superar". Pese a todo, la Resolución
que acompañaba al Informe Squarcialupi
fue aprobada por 114 votos contra 45, realizando un llamamiento
a la Comisión para que elaborara propuestas que permitieran
asegurar que no se produjera en los Estados miembros la
discriminación contra los homosexuales en los aspectos
relacionados con el acceso al empleo y el despido.
El entonces Comisario de Asuntos Sociales,
Iver Richard, afirmó en el debate parlamentario que
resultaba "inaceptable que los homosexuales sean despedidos
o sufran victimización o acoso en el trabajo"
pero que para actuar al respecto existen "significativos
problemas prácticos, legales y políticos"
debido a la ausencia de una provisión específica
en el Tratado de las Comunidades Europeas que autorizara
a legislar sobre tratamiento igualitario para los homosexuales.
En todo caso, esa acción específica, según
reconoció el propio Comisario, sólo podría
justificarse recurriendo al Artículo 235 del Tratado,
que ya fue empleado como base legal para redactar la Directiva
sobre Igualdad de Tratode 1976, puesto que
no existía ninguna razón por la que no pudiera
utilizarse también para legislar contra la discriminación
por orientación sexual. Aún así, el
Comisario reconoció, "como una cuestión
de política práctica", que ninguna medida
de este tipo sería aceptable por el Consejo Europeo
"al menos en el futuro inmediato".
Las consecuencias del Informe Squarcialupi
son, según Mark BELL, difíciles de cuantificar
puesto que en términos de resultados sustantivos
puede considerarse fracasado. Sin embargo, pese a que no
se tomó ninguna iniciativa legislativa al concreta,
supuso el despertar de una potencial dimensión europea
del problema de la discriminación de los homosexuales
al tiempo que puso en evidencia que cualquier intervención
europea en el asunto tendría una "vociferante
oposición".
Pese a la oposición del Consejo
Europeo y a la precaución de la Comisión Europea,
el Parlamento mantuvo su presión para que se tomaran
medidas efectivas sobre la discriminación por orientación
sexual. Por ejemplo, en el Informe
Evrigenis(1985) se remarcaba cómo
los homosexuales se han convertido con frecuencia en el
objetivo de las fuerzas del fascismo. En los debates sobre
la Carta Social Europea que se celebraron
en el Parlamento Europeo en 1989, éste intentó
enmendar el texto de la Comisión añadiendo
que se debía otorgar prioridad al derecho de todos
los trabajadores a una protección igualitaria sin
discriminación por razones de "nacionalidad, raza,
religión, edad, sexo, orientación sexual o
situación legal". La Comisión rechazó
esta enmienda y la reemplazó por un texto mucho más
ambiguo que evitaba aludir explícitamente a la orientación
sexual pero que se refería a la necesidad de combatir
"toda forma de discriminación" con lo que
dejaba la puerta entreabierta para potenciales cambios.
En línea con esta actitud, el Informe
de la Comisión de Libertades Públicas y de
Asuntos Interiores sobre la igualdad jurídica de
los homosexuales en la Comunidad Europea(Informe
Roth, aprobado el 26 de enero de 1994) solicitaba reformas
legislativas comunitarias y en concreto una Directiva
contra la discriminación basada en la orientación
sexual que incluyera "al menos" medidas para
acabar con la discriminación en el derecho laboral
y en el relativo a los servicios públicos. Además,
demandaba el establecimiento de un "marco legal equivalente"
para el matrimonio de las parejas del mismo sexo y la extensión
a éstas del derecho de adopción. Entre otras,
apuntaba también cuestiones como la existencia de
edades distintas y discriminatorias para el consentimiento
necesario para mantener relaciones homosexuales y heterosexuales,
la persecución de la homosexualidad como un atentado
contra el orden público o las buenas costumbres,
la discriminación en el Derecho penal, civil, contractual
y comercial, el almacenamiento electrónico de datos
relativos a la orientación sexual de un individuo
sin su conocimiento y consentimiento o la divulgación
no autorizada o el uso indebido de dichos datos,
La votación de la Resolución
sobre la igualdad de derechos de los homosexuales y las
lesbianas en la Comunidad Europea(8 de febrero
de 1994) que acompañaba al Informe
resultó muy polémica y demostró, como
ya había sucedido con las discusiones del Informe
Squarcialupi en 1984, la gran división existente
en el Parlamento sobre las cuestiones relacionadas con la
orientación sexual. El apoyo a la Resolución
fue mayoritario e intenso entre ecologistas y socialistas
pero también se pudieron observar diferentes actitudes
entre los parlamentarios dependiendo de las distintas tradiciones
culturales y políticas. Así, los democristianos
holandeses votaron a favor pese a la oposición formal
de su propio grupo parlamentario consiguiéndose finalmente
una mayoría de 159 votos contra 96.
El tema central en los debates de la Resolución
fue la competencia comunitaria para actuar en esta cuestión.
Pese a la opinión inicial de la propia ponente, la
eurodiputada ecologista Claudia Roth, expresada en el Informe,
de que existía una competencia europea para elaborar
una Directiva sobre asuntos como la regulación
de las parejas de hecho homosexuales o el derecho de adopción,
una enmienda del grupo socialista permitió sustituir
la demanda de una Directiva por la de una
Recomendación no vinculante.
El interés del Parlamento Europeo
por la cuestión del respeto a la diversidad afectiva
y sexual quedó también patente en la Resolución
sobre la protección de las familias y unidades familiares
al final del Año Internacional de la Familia,aprobada
el 14 de diciembre de 1994, donde considera que las familias
y estructuras familiares han cambiado en Europa y que la
convivencia es mucho más diversa en los últimos
años por lo que son posibles diversas interpretaciones
de la familia, siguiendo así las reiteradas declaraciones
del Tribunal Europeo de
Derechos Humanosen sus interpretaciones del derecho
a la vida familiar establecido en el Convenio
europeo de los Derechos Humanos.
Incluso en los difíciles meses
en los que se negociaba la reforma del Tratado, el Parlamento
insistió en la necesidad de promover los derechos
cívicos de gais y lesbianas en la legislación
europea. Así, en la
Resolución
sobre el funcionamiento del Tratado de la Unión Europea
en la perspectiva de la Conferencia Intergubernamental de
1996 - Realización y desarrollo de la Unión
(17 de mayo de 1995) consideró que la adecuada
protección jurídica contra la discriminación
para todas las personas residentes en la Unión Europea
debería incluir un claro rechazo en el Tratado que
se negociaba de la discriminación por motivos de
orientación sexual, postura que firmemente se volvió
a defender en la Resolución
sobre la Conferencia Intergubernamental(1997)
frente a la inicial pretensión de la Presidencia
holandesa del Consejo.
Un trabajo
del Equipo Político de la Fundación Triángulo,
1998
VOLVER
|
|